Preámbulo
El
pueblo de Venezuela, inspirado por sus poderes creadores y por los
grandes sentimientos de amor necesarios para emprender todo proceso
de cambio, representado por la Asamblea Nacional Constituyente,
invocando la protección de Dios y guiado por la doctrina
y acción de Simón Bolívar, el Libertador;
reconociendo
la preexistencia de los pueblos indígenas como habitantes
originarios del país y raíz primigenia de nuestra
nacionalidad, de nuestro mestizaje, de nuestros rasgos comunes de
lengua, religión, territorio, población y gobierno,
que hizo posible a la nación, donde emergió una conciencia
de libertad y de lucha por la dignidad humana, enarbolada por nuestros
fundadores, quienes gracias a la constancia y al trabajo han consolidado
nuestra independencia, dándonos patria libre para siempre,
empeñado en un proceso de refundación de la República
a través de profundas transformaciones destinadas a establecer
una sociedad democrática, soberana, responsable, multiétnica
y pluricultural, constituida por hombres y mujeres iguales, niños
y niñas que son el interés superior del Estado, en
correspondencia con los valores de pertenencia e identidad nacional;
con
el propósito de impulsar un Estado de Justicia, mediante
la promoción de una democracia social, participativa y protagónica
vinculada a un Estado federal, policéntrico, descentralizado,
disciplinado y coherente abierto a las demandas de la sociedad;
sostener
inalterable la independencia e indisoluble integridad de la nación
y de su espacio geográfico; asegurar el derecho a la vida,
la libertad, la justicia social, la igualdad sin discriminación
ni subordinación por razones de conciencia o de carácter
social, estado civil, político, religioso, económico,
género, edad, etnia, discapacidad o de cualquier otra índole,
consolidando un Estado de derecho mediante el imperio inexorable
de la justicia;
de
cooperar con la comunidad internacional e impulsar la integración
de la comunidad de naciones latinoamericanas y del Caribe, que tengan
por finalidad la no intervención, el respeto a la soberanía
y autodeterminación de los pueblos, la garantía universal
e indivisible de los derechos humanos, la democratización
de la sociedad internacional, consecuente con la idea bolivariana
de lograr el "equilibrio del universo", el reconocimiento
de las diversas culturas; la promoción y desarrollo de empresas
propiedad de capitales nacionales; el desarme nuclear, la inmunidad
de jurisdicción y el uso de la ciencia y la tecnología
con fines pacíficos para el desarrollo sustentable, la conservación
del ambiente, la diversidad biológica, genética y
humana, los procesos ecológicos y los bienes jurídicos
ambientales como patrimonio común e irrenunciable de las
generaciones presentes y futuras;
consolidar
el derecho a la paz, repudiando toda forma de violencia o dominación
en cualquiera de sus manifestaciones, y la explotación económica
como mecanismos de expresión política nacional e internacional;
proteger
y enaltecer una cultura del trabajo, contribuyendo al fortalecimiento
de la familia como base primaria de la sociedad y reconocer a la
educación como proceso de formación de ciudadanía
y de transformación que garantice el fortalecimiento, la
autoestima y los valores ético morales, la autorreferencia
de los venezolanos en el marco de los procesos universales.
En
ejercicio del poder constituyente originario y en acuerdo con todos
los ciudadanos de la República de Venezuela, mediante el
voto libre y en referendo democrático,
Decreta
la siguiente Constitución adoptada por la Asamblea Nacional
Constituyente electa el veinticinco de julio de mil novecientos
noventa y nueve conforme al referendo del veinticinco de abril de
mil novecientos noventa y nueve.